Transparencia
PORTAL DE TRANSPARENCIA
DATOS DE LA EMPRESA
Nombre: COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA
CIF: Q3800530B
Dirección: Calle Virgen de La Luz nº 11, Santa Cruz de La Palma
Provincia: Santa Cruz de Tenerife
Código Postal: 38700
Región: Canarias
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, derecho de acceso a la información pública y buen Gobierno, extiende en su ámbito subjetivo a los Colegios Profesionales la aplicación de la transparencia, en tanto que son corporaciones de derecho público, en relación a la parte de su actividad sujeta al derecho administrativo.
Asimismo, la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de acceso a la Información Pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias extiende su aplicación a las Corporaciones de Derecho Público, en la actividad sujeta al derecho administrativo [artículo 2.2 d].
En cumplimiento de las obligaciones, tanto de transparencia activa como de transparencia pasiva, y en el marco de las citadas actuaciones que suponen el ejercicio de potestades públicas, se ha generado este Portal de Transparencia en la página web del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma.
En los siguientes apartados, se recogen los documentos relativos a la actividad normativa del COA.LP que pueden tener trascendencia o efectos en las relaciones entre los colegiados y colegiadas y el Colegio, entre éstos y los consumidores y usuarios de sus servicios profesionales, o en el ejercicio de la profesión de arquitecto en el ámbito del COA.LP.
La publicación de los Acuerdos de la Junta de Gobierno y de Administración queda sometida a la legislación sobre protección de datos y demás normativas concordantes de aplicación. Asimismo, quedarán excluidos de este régimen de publicación aquellos acuerdos que tengan naturaleza deontológica y laboral, así como los que afecten a extremos contractualmente confidenciales.
ENLACES DE INTERÉS
RECLAMACIONES
- Información del Comisionado de Transparencia
- Para solicitudes y/o reclamaciones al COALP, se deberá enviar un correo electrónico a secretaria@coalapalma.com
Información Actualizada a 01/10/2025
0. INFORMACION INSTITUCIONAL
Desde 1.930 los profesionales isleños formaban parte del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental, Badajoz y Canarias.
La constitución del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias (COAC) se produce en febrero de 1969. Momento en que se crearán dos delegaciones provinciales: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
En mayo del año 1.990, el COAC renueva sus estatutos y, de las dos delegaciones iniciales, se pasa a cinco demarcaciones: Gran Canaria y Tenerife – La Gomera – El Hierro, como demarcaciones de régimen pleno; y Lanzarote, Fuerteventura y La Palma como demarcaciones de régimen limitado.
En el año 2.015, se produce el cambio de nombre y ámbito territorial del COAC, pasando a denominarse Colegio Oficial Interinsular de Arquitectos de Canarias (COIAC), como consecuencia de la publicación del Decreto 116/2014 del Gobierno de Canarias, de 12 de diciembre, por el que se segrega del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias el Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria (COAGC).
Posteriormente, en el año 2.017, se aprueban las segregaciones de las Demarcaciones de La Palma, Fuerteventura y Lanzarote en el seno del COIAC, para crear Colegios Insulares en sus respectivos ámbitos territoriales.
Fue el 21 de marzo del 2.017 cuando se publicó el Decreto 119/2017, por el que se segrega del Colegio Oficial Interinsular de Arquitectos de Canarias, la Demarcación de La Palma, reconociéndole la condición de Corporación de Derecho Público como Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, que aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales, se procede a la publicación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, inscritos en el Registro de Colegios Profesionales de Canarias con fecha 31 de mayo de 2.017, publicado en el BOC Nº110/17, el 9 de junio de 2.017.
Este proceso finalizó con la toma de posesión de la primera Junta de Gobierno que dirigiría el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma para el primer período 2017-2021.
El 24 de octubre del 2.017, en el BOC Nº205/17, se publican los Estatutos del Consejo Canario de Colegios de Arquitectos que integrará el Colegio Oficial Interinsular de Arquitectos de Canarias (COIAC), por el Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria (COAGC), por el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (COALP), por el Colegio Oficial de Arquitectos de Fuerteventura (COACF) y por el Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote (COALZ).
Información Actualizada a 01/10/2025
1. NORMATIVA APLICABLE
A continuación, puede consultar la normativa y documentación general de aplicación en el COALP:
- Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior (PDF)
- Estatuto del Consejo Canario de Colegios de Arquitectos (PDF)
- Estatutos Particulares del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (PDF)
- Código Deontológico de los Arquitectos (PDF)
- Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales
- Ley 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales
2. INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA ENTIDAD
El COALP es una Corporación de Derecho Público cuyo objeto es regular la organización y actuación del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (COALP) a tenor de las disposiciones legales sobre su creación y de conformidad con los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos de España y la legislación sobre Colegios Profesionales. Su ámbito territorial se circunscribe a la isla de La Palma.
3. ORGANIGRAMA DE LA ENTIDAD

4. ÓRGANOS DE GOBIERNO
Los órganos de gobierno y administración del COALP son:
a) La Asamblea General de los Colegiados.
La Asamblea General es el órgano supremo de expresión de la voluntad del COA.LP. Se regirá por los principios de participación directa, igual y democrática de todos los colegiados, con las peculiaridades en cuanto a organización y funcionamiento contempladas en este Estatuto. Será presidida por la Decana/o o, y en su ausencia por la persona a quien corresponda su sustitución, quien ostentará las atribuciones inherentes a la dirección y presidencia del Órgano.
b) La Junta de Gobierno del Colegio.
La Junta de Gobierno es el órgano que garantiza la coordinación y cohesión del resto de los Órganos corporativos, ostenta la representación de los colegiados y vela, en todo momento, por la buena marcha de la actividad colegial. Le corresponde la dirección y administración del COALP, a cuyo efecto ejerce todas las competencias de este no reservadas a la Asamblea General, ni asignadas específicamente a otros Órganos colegiales, así como las que se le atribuyen en los Estatutos Generales.
Se compone de los siguientes cargos:
1) Decano/a.
El/la Decano/a ostenta la representación legal del Colegio, convoca y preside la Asamblea General, la Junta de Gobierno, la Comisión Permanente y todas la Comisiones, Agrupaciones y comisiones colegiales a las que asista, velando por la debida ejecución de sus acuerdos y adoptando en los casos de urgencia las medidas procedentes.
Titular del Cargo: Beate Dorothea Ricken.
2) Secretario/a.
El/la Secretario/a asume las funciones de fedatario del Colegio y las propias de la Jefatura de la administración de los Órganos generales y de su personal.
Es el/la persona responsable de la Secretaría Colegial.
Titular del Cargo: Tania Francisco Francisco.
3) Tesorero/a.
El/la Tesorero/a sume las funciones propias de la gestión presupuestaria, financiera, interventora, patrimonial y, en general, económicas del Colegio.
Es el/la persona responsable de la Tesorería Colegial.
Titular del Cargo: Alexis Martín Hernández.
4) Vocal/es.
Compete al/los Vocal/es las funciones de carácter sectorial o específico que les asigne la Junta de Gobierno.
Titular del Cargo: David Pérez Barrera.
c) La Comisión Permanente.
La Comisión Permanente está constituida por el/la Decano/a, el/la Secretario/a y el/la Tesorero/a.
Se ocupa de los asuntos que por su urgencia no deban sufrir aplazamiento hasta la siguiente reunión de la Junta de Gobierno.
Todos los Órganos de Gobierno y sus miembros tienen su sede en la calle Virgen de la Luz Nº11, T.M. de Santa Cruz de La Palma.
Información Actualizada a 01/10/2025
Según los datos obrantes en el archivo y secretaría del COALP, acta de la junta electoral celebrada el 17 de septiembre de 2025, se acordó la constitución de la nueva Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, quedando constituida por los siguientes miembros:
DECANA – Dª Beate Dorothea Ricken
SECRETARIA – Dª Tania Francisco Francisco
TESORERO – D. Alexis Martín Hernández
VOCALES – D. David Pérez Barrera
Vista la información y documentación obrante en el registro de la Secretaría del COA.LP, constando una única candidatura cerrada y completa para los cargos de Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (COALP), y que ésta cumple con todos los requisitos estatutarios, en virtud de lo establecido en el artículo 51.7 de los Estatutos Particulares del COALP, los miembros de la Junta Electoral acuerdan por unanimidad proclamar como candidatos electos a los integrantes de la única lista presentada mencionados anteriormente.
4. INFORMACIÓN SOBRE LOS ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS
- DECANA:
BEATE DOROTHEA RICKEN, Arquitecta, licenciada por la Universidad Técnica de Berlín. Desde hace mas de treinta años trabaja en la isla de La Palma como autónoma en el campo de la Arquitectura y el Urbanismo. Actualmente compagina labores de Decana del COA.LP con la Vicepresidencia del Consejo Canario de Colegios de Arquitectos.
- SECRETARIA:
TANIA FRANCISCO FRANCISCO, Arquitecta, licenciada por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y diseñadora gráfica. Actualmente ejerce su trabajo profesional como autónoma en ambos campos: Arquitectura y Diseño gráfico.
- TESORERIA:
ALEXIS MARTÍN HERNÁNDEZ, Arquitecto, licenciado por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Con experiencia laboral en varios ayuntamientos y también como profesional liberal. En la actualidad centrado principalmente en el asesoramiento energético y en el cooperativismo.
- VOCALES:
DAVID PÉREZ BARRERA, Arquitecto, licenciado por la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad Europea de Madrid. Actualmente ejerce su trabajo profesional como autónomo en el campo de la Arquitectura.
5. RETRIBUCIONES
Retribución Anual de cada miembro de junta por Dedicación en sus funciones asignadas:
DECANA/O: 6.629,97€
SECRETARIA/O: 2.700,00€
TESORERA/O: 3.600,00€
VOCAL 01: 0,00€
VOCAL 02: 0,00€
TOTAL RETRIBUCIONES POR DEDICACIÓN MIEMBROS DE JUNTA DEL COA.LP: 12.929,97€
Retribución Anual de cada miembro de junta por Dedicación en sus funciones asignadas:
DECANA/O: 7.755,40€
SECRETARIA/O: 3.600,00€
TESORERA/O: 3.600,00€
VOCAL 01: 210,40€
VOCAL 02: 1.136,16€
TOTAL RETRIBUCIONES POR DEDICACIÓN MIEMBROS DE JUNTA DEL COA.LP: 16.301,96€
Información Actualizada a 01/10/2025
6.1 REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El presente documento recoge el registro de tratamientos de datos de carácter personal de los que es titular la siguiente entidad:
Nombre: COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA
Dirección: Calle Virgen de La Luz Nº11 (T.M. Santa Cruz de La Palma – 38700)
Teléfono: 922 420 457
Correo electrónico: secretaria@coalapalma.com
Conforme a lo establecido en Reglamento General de Protección de Datos, es preciso designar un Delegado de protección de Datos, puesto que el COALP se encuentra incluida entre una de las entidades obligadas según lo establecido en el artículo 37 del mencionado Reglamento General. Los datos del Delegado de protección de datos son los siguientes:
Nombre: PROCADE
Dirección: Calle La Marina Nº35-3ºB (T.M. Santa Cruz de Tenerife – 38001)
Teléfono: 922 292 918
Correo electrónico: info@procade.org
Registro de Actividades de Tratamiento de Datos Personales (PDF) (ODS)
6.2 CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN
El Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma en su público y manifiesto compromiso de adoptar una actitud positiva para la detección y actuación de comportamientos o escenarios irregulares o ilícitos que tengan lugar en el seno de la entidad, y cuya autoría puede corresponder a toda persona trabajadora, directivos/as y administradores/as, como a terceras personas que tengan algún tipo de relación o vinculación, ha desarrollado un Sistema interno de información – Canal de Denuncias.
Información Actualizada a 01/10/2025
7. CUENTAS ANUALES
EJERCICIO 2025
Las Cuentas Anuales no se pudieron publicar en el momento de la última actualización por estar aún abierto el plazo legal y estatutario para la aprobación de las mismas.
EJERCICIO 2024
EJERCICIO 2023
8. INFORMES DE AUDITORÍA Y FISCALIZACIÓN
EJERCICIO 2025
No se han realizado auditorias en el ejercicio económico 2025.(*)
EJERCICIO 2024
No se han realizado auditorias en el ejercicio económico 2024.(*)
EJERCICIO 2023
No se han realizado auditorias en el ejercicio económico 2023.(*)
(*) Nota justificativa: Según establecen los Estatutos Particulares del Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (COA. La Palma) BOC Nº245, de fecha 22/12/2017, esta Institución no tiene obligación de contar con una Auditoría anual de cuentas. Es una potestad que tiene la Junta de Gobierno por propio acuerdo, o por requerimiento de la Asamblea General, según señala en su Artículo 76.
“Artículo 76.- Auditorías. La Junta de Gobierno por propio acuerdo, por requerimiento de la Asamblea General, podrá encargar a personas físicas o jurídicas la realización de auditorías concernientes a todas o determinadas actividades o servicios colegiales.”
Información Actualizada a 01/10/2025
9. CONTRATOS FORMALIZADOS CON ENTIDADES PÚBLICAS
EJERCICIO 2025
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2024
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2023
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
10. DATOS ESTADÍSTICOS
EJERCICIO 2025
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2024
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2023
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
11. MODIFICACIONES DE LOS CONTRATOS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
EJERCICIO 2025
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2024
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2023
La entidad no formalizó ningún contrato con entidades públicas.
12. RELACIÓN DE CONTRATOS RESUELTOS CON ENTIDADES PÚBLICAS
EJERCICIO 2025
La entidad no ha desistido o renunciado a ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2024
La entidad no ha desistido o renunciado a ningún contrato con entidades públicas.
EJERCICIO 2023
La entidad no ha desistido o renunciado a ningún contrato con entidades públicas.
13. INFORMACIÓN TRIMESTRAL DE CONTRATOS MENORES
EJERCICIO 2025
La entidad no formalizó ningún contrato menor con entidades públicas.
EJERCICIO 2024
La entidad no formalizó ningún contrato menor con entidades públicas.
EJERCICIO 2023
La entidad no formalizó ningún contrato menor con entidades públicas.
Información Actualizada a 01/10/2025
14. CONVENIOS CON ENTIDADES PÚBLICAS
EJERCICIO 2025
La entidad no suscribió ningún convenio ni encomienda de gestión con el sector público.
EJERCICIO 2024
La entidad no suscribió ningún convenio ni encomienda de gestión con el sector público.
EJERCICIO 2023
CONVENIO ENTRE EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE EL PASO Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA, PARA DESARROLLAR ACTUACIONES EN MATERIA DE VIVIENDA, PARA LOS AFECTADOS DE LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA DE CUMBRE VIEJA Y EL INCENDIO DE INTERFAZ URBANO.
Partes: Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, Ilustre Ayuntamiento de El Paso
Fecha: 23/08/2022
Vigencia: Hasta el 22 de agosto de 2024 (No vigente en la actualidad)
Objeto: El Ayuntamiento de El Paso, como uno de los municipios afectados de la erupción volcánica de Cumbre Vieja y el incendio de interfaz urbano acaecido en agosto del año 2021, ha considerado asumir el coste de los honorarios por la redacción de los proyectos de ejecución, para la reconstrucción de viviendas destruidas por la erupción volcánica de Cumbre Vieja y por el incendio de interfaz urbana de agosto del 2021, incluidos en el Inventario de proyectos con el que, para tal fin, cuenta el Colegio de Arquitectos de La Palma.
Obligaciones económicas: –
CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA, LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS CONSTRUCTORES Y PROMOTORES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS (AECP), EL CONSEJO CANARIO DE COLEGIOS DE ARQUITECTOS (CCCA) Y EL CONSEJO CANARIO DE COLEGIOS OFICIALES DE LA ARQUITECTURA TÉCNICA AL OBJETO DE CONCEDER UNA SUBVENCIÓN DIRECTA PARA LA CREACIÓN DE OFICINAS TÉCNICAS DE REHABILITACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS – FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXT GENERATION EU.
Partes: Consejo Canario de Colegios de Arquitectos, Instituto Canario de la Vivienda
Fecha: 06/09/2022
Vigencia: 1 de agosto de 2022 – 30 de junio de 2026 (Vigente en la actualidad)
Objeto: Las entidades que integran el presente convenio, deberán cumplir el objeto del programa 2 del Real Decreto 853/2021, para la implantación de las oficinas de rehabilitación, las cuales deberán prestar el servicio tipo «ventanilla única» que con independencia de las oficinas de rehabilitación establecidas para el desarrollo de las actuaciones a nivel de ERRP, tengan el objetivo de coordinar, informar y facilitar la gestión de las ayudas y la prestación de servicios que contribuyan a facilitar la implementación y la gestión integral de los proyectos de rehabilitación energética en el ámbito residencial al servicio de los ciudadanos, comunidades de propietarios, empresas y agentes rehabilitadores en general.
Obligaciones económicas: –
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LANZAROTE (COALZ) Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA (COALP) PARA LA REALIZACIÓN DE LABORES DE VISADO.
Partes: Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote
Fecha: 25/04/2023
Vigencia: Indefinida (Vigente en la actualidad)
Objeto: El presente convenio no tiene carácter contractual, sino que se enmarca en las funciones de cooperación intercolegial en el ejercicio de la función de visado. En particular, se pretende articular un protocolo para atender debidamente aquella función cuando por circunstancias excepcionales se estime oportuno la colaboración de las oficinas de los colegios firmantes a fin de agilizar las labores de visado.
Obligaciones económicas: Según lo definido en el protocolo de colaboración.
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA (COALP) Y EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MADRID (COAM) EN MATERIA FORMATIVA PARA SUS RESPECTIVOS COLEGIADOS.
Partes: Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid
Fecha: 28/11/2022
Vigencia: Vigente para todo el año 2023 (Renovable anualmente – Vigente en la actualidad)
Objeto: El presente convenio no tiene naturaleza contractual, sino de establecer un marco de colaboración mutua en tareas de comunicación de las acciones de formación y divulgación que se planifiquen y ejecuten desde el Instituto de Formación Continua del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (IFC-COAM), y desde el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma. De esta manera, los colegiados del COALP podrán acogerse a los descuentos que se ofrecen desde la oferta de formación publicada en la web del IFC-COAM, al igual que los colegiados del COAM, y viceversa respecto a los colegiados COAM en el COALP.
Obligaciones económicas: No se establecen.
15. MODIFICACIONES DE CONVENIOS
EJERCICIO 2025
La entidad no modificó ningún convenio ni encomienda de gestión con el sector público.
EJERCICIO 2024
La entidad no modificó ningún convenio ni encomienda de gestión con el sector público.
EJERCICIO 2023
La entidad no modificó ningún convenio ni encomienda de gestión con el sector público.
Información Actualizada a 01/10/2025
16. RELACIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES PERCIBIDAS
EJERCICIO 2025
La entidad no percibió ni ayudas ni subvenciones.
EJERCICIO 2024
La entidad no percibió ni ayudas ni subvenciones.
EJERCICIO 2023
SUBVENCIÓN DEL EXCMO CABILDO INSULAR DE LA PALMA AL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LA PALMA PARA GASTOS DEL CONGRESO “URBAN NUEVOS CONCEPTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL” (DECRETO 2023/13064, DE FECHA 27/12/2023)
Partes: Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma, Excmo. Cabildo Insular de La Palma
Fecha: 27/12/2023
Objeto: La presente subvención se solicita como ayuda a la realización y gestión del congreso denominado: “URBAN, NUEVOS RETOS EN LA ORDENACIÓN TERRITORIAL”, organizado por el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma.
Subvención económica: 12.000,00 Euros.
Información Actualizada a 01/10/2025
17. DERECHO DE ACCESO
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en la Ley 12/2014 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en el resto del ordenamiento jurídico.
El Órgano competente para la resolución de las solicitudes es la Junta de Gobierno, a quien puede dirigir su solicitud o petición a través de la dirección de correo electrónico: colegio@coalapalma.com.
El derecho de acceso estará sujeto a los límites establecidos en la legislación básica estatal y en el artículo 37 de la Ley 12/2014, así como a la legislación sobre protección de datos de carácter personal.
MARCO NORMATIVO
Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de acceso a la Información Pública (Autonómica)
TRÁMITE DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Podrá proceder a la solicitud de acceso a la información pública siguiendo cualquiera de los trámites indicados a continuación:
- Mediante registro de entrada telemático, a través de la plataforma ARQUIGÉS para colegiados y acreditados, con su clave de acceso;
- A través de correo electrónico a la dirección colegio@coalapalma.com, enviando adjunto y cumplimentado la solicitud correspondiente;
- De manera presencial, en la sede del COALP, situada en C/ Virgen de La Luz Nº 11 (T.M. Santa Cruz de La Palma – 38700), cumplimentando instancia correspondiente a la solicitud requerida.
Notas:
– La descripción de la información solicitada debe ser suficiente para determinar el conjunto de datos o de documentos a los que se refiere.
– No será necesario motivar la solicitud de acceso a la información pública.
– La presentación de la solicitud de acceso a la información pública no está sujeta a plazo y tiene carácter gratuito.
RECLAMACIÓN ANTE EL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Se podrá reclamar ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, contra las resoluciones, expresas o presuntas, relativas a las solicitudes de acceso, con carácter potestativo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa, tal como recoge la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, en su capítulo 3, sección 2. Para más información puede acceder al portal del Comisionado de Transparencia de Canarias.
INFORMACIÓN ESTADÍSTICA SOBRE LAS RESOLUCIONES DE SOLICITUDES DE DERECHO DE ACCESO
EJERCICIO 2025
- Procedimiento sancionador:
No se ha realizado ningún procedimiento sancionador y/o expediente deontológico.
- Quejas presentadas por consumidores y usuarios:
No se han presentado quejas por consumidores y usuarios.
- Resoluciones denegatorias:
No se han producido resoluciones al respecto.
EJERCICIO 2024
- Procedimiento sancionador:
No se ha realizado ningún procedimiento sancionador y/o expediente deontológico.
- Quejas presentadas por consumidores y usuarios:
No se han presentado quejas por consumidores y usuarios.
- Resoluciones denegatorias:
No se han producido resoluciones al respecto.
EJERCICIO 2023
- Procedimiento sancionador:
No se ha realizado ningún procedimiento sancionador y/o expediente deontológico.
- Quejas presentadas por consumidores y usuarios:
No se han presentado quejas de consumidores y usuarios.
- Resoluciones denegatorias:
No se han producido resoluciones al respecto.
Información Actualizada a 01/10/2025
18. ACCESIBILIDAD
El Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (COALP), declara mediante el presente documento el cumplimiento de los niveles de usabilidad y accesibilidad óptimos en su sitio web, según el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad fue preparada el 11 de agosto de 2022. El método empleado para la presente declaración ha sido la autoevaluación realizada por el personal de la empresa gestora de la página web.
Podrá acceder a la declaración e información sobre accesibilidad en el sitio web correspondiente, estando disponible su acceso desde todas las páginas del sitio con un enlace denominado “Accesibilidad”.
Según lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 1112/2018, el Colegio de Arquitectos de La Palma, declara que la entidad cuenta con la siguiente información:
A) Todo el contenido es accesible.
B) En cumplimiento de los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, pone a disposición de la ciudadanía los siguientes medios de contacto para realizar cualquier comunicación sobre requisitos de accesibilidad y cualquier otra cuestión:
Correo electrónico: secretaria@coalapalma.com
Presencial: Sede del COALP (C/ Virgen de La Luz Nº11; T.M. Santa Cruz de La Palma – 38700)
Teléfonos: (+34) 922 420 457 / (+34) 618 675 819
C) Cualquier persona interesada podrá recurrir en caso de que la respuesta a la comunicación o solicitud sea insatisfactoria, tal y como se establece en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018, siguiendo el siguiente procedimiento de reclamación:
“1. Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
2. Dicha reclamación deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La reclamación deberá dirigirse a la Unidad responsable de accesibilidad de ese ámbito competencial, o si la respuesta se hubiera realizado desde la propia Unidad responsable de accesibilidad, al superior jerárquico de ésta.
3. Las entidades obligadas deberán incluir en la declaración de accesibilidad la Unidad a la cual elevar las reclamaciones junto con el enlace al sistema de registro en el que se deberá realizar dicha reclamación.
4. Recibida la reclamación, la Unidad responsable de atenderla deberá responder a la persona interesada en el plazo máximo de dos meses.
5. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la reclamación. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con la tramitación de la reclamación.
6. Transcurrido el plazo máximo para resolver la reclamación sin que se haya notificado la resolución de la misma, se entenderá que la reclamación ha sido desestimada.”
Desde el Colegio Oficial de Arquitectos de La Palma (COA.LP) se ha apostado por desarrollar de una página web usable y accesible para nuestros potenciales usuarios, y nuestros profesionales colegiados.
COA.LP
Calle Virgen de la Luz, 11, 38700 Santa Cruz de La Palma
Telf.: 922 420 457 / 618 675 819
colegio@coalapalma.com
Horario: de lunes a jueves de 9:00h. a 13:00h.
